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El objeto de la convocatoria es favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2015 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, musicales, literarias, así como las del diseño, el cómic e ilustración.

Plazo de Presentación: Del 9 a 28 de julio 2014, incluido.

Fecha de Publicación en BOE: 8 de julio de 2014.

Cuantía de las Ayudas: Hasta 10.000,00 € por ayuda.

Ver bases de la Convocatoria en el BOE

Beneficiarios: Personas físicas, personas jurídicas y agrupación de personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española o con residencia legal en España, que tengan entre 18 y 30 ó 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.

Objeto de la Ayuda:

  • Producción de obra, con libertad de formato y técnica (18 a 30 años), hasta 6.000 €.
  • Movilidad de obra producida y/o movilidad de creadores en espacios especializados, giras o residencia (no estudios reglados) en ámbito nacional e internacional (18 a 30 años), hasta 6.000 €.
  • Emprendimiento en espacios emergentes de creación joven, acotados en el tiempo, que no signifiquen una programación anual completa, en ámbito nacional o internacional (18 a 35 años), hasta 10.000 €.
  • Sala Amadís del Instituto de la Juventud: comisariado de exposiciones, talleres u otras actividades de creación emergente a desarrollar en grupo o colectivo (18 a 35 años), hasta 10.000 €.
    Para ver plano y especificaciones técnicas de la sala ir a documentos de descarga.

En caso de que el proyecto objeto de ayuda haya recibido o prevea recibir ayuda económica de otras instituciones o entidades, la ayuda solicitada a Injuve deberá representar como mínimo el 75% del coste total del proyecto.

El número de ayudas estará en función de las cuantías de los proyectos seleccionados y la disponibilidad presupuestaria (144.000 euros).

Sólo se podrá solicitar ayuda para un único proyecto, ya sea como persona física, jurídica o agrupación. El envío de más de un proyecto por persona física, jurídica o agrupación, será considerado causa de exclusión.

La ayuda se hará efectiva en un solo plazo y tendrá carácter de pago anticipado.

El plazo de tiempo para realizar el proyecto será el establecido por el interesado, con la fecha límite de 31 de diciembre de 2015.

El beneficiario está obligado a justificar los gastos efectuados con cargo a la ayuda recibida en el plazo de 2 meses contados desde la finalización del plazo para la realización del proyecto.

Dónde presentar las solicitudes:

1. En el Registro General del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid). Horario verano: de 8:00 a 15:00 de lunes a viernes; 9:00 a 14:00 los sábados.

2. En los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o la de alguna de las entidades que integran la Administración Local.

3. En las oficinas de Correos.

4. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

En la solicitud (Anexo I) deberá figurar el sello de entrada de la oficina de Registro correspondiente o el sello de la oficina de Correos.

En todos estos casos será necesario utilizar los formularios que se adjuntan a continuación, en archivos de descarga (Anexo I, Anexo II, Anexo III).

Este año como novedad, las solicitudes pueden presentarse a través del Registro electrónico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para lo que, es imprescindible disponer de un certificado digital:

Correo de incidencias con los formularios electrónicos: snts@msssi.es

Notificación y publicación: Todos los actos y trámites del procedimiento y de la resolución de concesión se harán mediante su inserción en el tablón de anuncios del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71 – 28006 Madrid), y en esta página web el día siguiente al de su aprobación por el órgano competente.

Documentación a presentar: En soporte papel formato máximo DIN A4.

  • Anexo I (Anexo I.1, Anexo I.2 o Anexo I.3 según si se es persona física, jurídica o agrupaciones) Cuando se trate de una agrupación de personas (Anexo I.3), cada uno de sus componentes deberá cumplimentar además su propia solicitud (Anexo I.1).
  • Anexo II
  • Anexo III
  • Curriculum Vitae
  • Dossier de trabajos realizados
  • Dossier específico del proyecto para el que se solicita la ayuda (debe incluir el presupuesto total estimado para su realización y el desglose de los diferentes conceptos y partidas económicas en euros)

Esto es un resumen sucinto de las bases de la convocatoria. Para más detalles sobre las condiciones de participación y la documentación a presentar ver bases de la convocatoria en el BOE.

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Más información en http://www.injuve.es